Convenio Colectivo de Empresas de seguridad Privada 2022
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Adjuntamos las tablas salariales del próximo convenio de seguridad privada 2022, con la subida del 2%.
Se ha publicado hoy dia 29/09/21 un artículo único en el BOE referente a la Formación Permanente de los vigilantes de seguridad, dicha formación se podrá realizar en su totalidad de forma no presencial durante 2021, con carácter temporal y extraordinario debido a la crisis sanitaria provocada por el covid19.
Recordaros como todos los años, que el plazo de solicitud de vacaciones para el año 2022 finaliza el 1 de noviembre de 2021; Os adjuntamos el acuerdo firmado en su dia entre la RLT y los representantes de la empresa en Securitas Guadalajara.
También os adjuntamos la plantilla para solicitarlo. Tod@s nuestr@s afiliad@s que quieran que se lo tramitemos con nuestra plantilla del sindicato personalizada, poneros en contacto con nosotros en el email de la sección sindical en Securitas Guadalajara.
Acuerdo Vacaciones Securitas Guadalajara
El artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social que:
1.Un accidente de trabajo es toda lesión corporal que la persona sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena
2. Tendrán la consideración de accidentes de trabajo:
a) Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo.
A pesar de que parece un concepto claro, hay muchas situaciones en las que surgen dudas sobre si, una determinada lesión, se considera accidente de trabajo o no.
Entre estas situaciones se encuentran los accidentes que se producen al ir o al volver al trabajo.
Es el trabajador el que tiene que demostrar los elementos que han contribuido a dicho accidente, como el domicilio, el lugar de trabajo el trayecto y el elemento cronológico.
Una de las dudas mas habituales, es el concepto de domicilio a efectos de accidente de trabajo "in itínere".
Click en imagen.Os dejamos a continuación un esquema aclaratorio sobre los grados de consanguinidad y Licencias para los/las vigilantes de seguridad.
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Como muchos/as compañeros/as se lian para calcular las bajas laborales, sobre todo por contingencias comunes o accidentes no laborales, confundiendo su remuneración con el cálculo del cómputo, os dejamos una pequeña guia:
El Permiso indivudual de Formación es un permiso de hasta 200 horas que concede la empresa a un/a trabajador/a para asistir a acciones formativas reconocidas mediante alguna titulación o acreditación oficial durante su jornada laboral.
Os dejamos un archivo donde lo explica todo.
Click en imagen.Os adjuntamos el calendario laboral 2021 Castilla la Mancha, recordad que las fiestas autonómicas las cobramos como festivos.
Click en imagenOs dejamos los posibles cursos y fechas de Formación Obligatoria 2021
1.- Servicio de vigilancia en centros comerciales (Especialidad). 1-3 Marzo 8:00-15:00
2.- Servicio de vigilancia con rayos X (Especialidad). 13-15 de Abril 8:00-15:00
3.- Derechos humanos, Derechos fundamentales y Libertades públicas. 24-26 de Mayo 8:00-15:00
4.- Servicio de vigilancia con perros (Especialidad). 8-10 de Junio 8:00-15:00
5. - Ley de Igualdad y violencia de género. 21-23 de Junio 8:00-15:00
6.- Ordenamiento jurídico y seguridad privada. 7-9 de Septiembre 8:00-15:00
7.- Servicio de vigilancia con rayos X (Especialidad). 4-6 de Octubre 8:00-15:00
8.- Técnicas de prevención e intervención en emergencias. 9-11 de Noviembre 8:00-15:00
9. -Ordenamiento jurídico y seguridad privada. 23-25 de Noviembre 8:00-15:00
Para todos nuestros afiliados que quieran realizar los cursos de especialidades, os dejamos el link:
https://alternativasindical.es/formacion/
Cualquier duda nos consultáis, el email de contacto está en el blog.
A través del Portal del Empleado en Securitas, podéis consultar si vuestras órdenes de trabajo finalizadas son las correctas, os dejamos una miniguía en la imagen.
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La fórmula para el calculo de la jornada en cuadrante mensual este año 2021 se efectúa de la siguiente forma:
Multiplicamos la jornada diaria (5,335) por el numero de días del mes, lo cual nos da el correspondiente resultado:
Meses de 31 días...............................165,38 Horas
Meses de 30 días...............................160,05 Horas
Meses de 28 días...............................149,38 Horas
Os recordamos que se puede solicitar el dia de asuntos propios, según el artículo 55 del convenio estatal de Empresas de Seguridad:
Los trabajadores tendrán derecho, además, a un día libre por asuntos propios, sin cómputo de jornada y a elección del trabajador, en las siguientes condiciones:
1. No podrá utilizarse durante los períodos de máxima actividad, comprendidos entre el 15 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente, durante el período del Domingo de Ramos al Lunes de Pascua, ambos incluidos, ni durante el período vacacional de los meses de julio y agosto, salvo autorización de la empresa.
2. No podrá ejercerse este derecho en el mismo día de manera simultánea por más del 5 % de la plantilla del centro de trabajo al que pertenezca el trabajador.
También recordaros el artículo 65, Permisos sin sueldo:
Los trabajadores que lleven, como mínimo un año en una misma Empresa podrán solicitar permiso, sin sueldo, que las Empresas, previo informe de los representantes de los trabajadores, atenderán, salvo que ello suponga grave perturbación en el servicio.
La duración de estos permisos no será superior a 15 días naturales, y no podrán concederse a más del 5% de la plantilla, de su delegación.
Publicado el Convenio Estatal de las Empresas de Seguridad para el año 2021
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Antes las dudas de algun@s compañer@s sobre la legalidad de exponer el cuadrante de tod@s l@s compañer@s en el centro de trabajo, se efectúa por parte de Alternativa Sindical Guadalajara la consulta a la Agencia Española de Protección de Datos.
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